El Reglamento General de Circulación ha cambiado y desde el 1 de octubre de 2026 están en vigor buena parte de las nuevas normas introducidas por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio.
La reforma pone el foco especialmente en la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía y en la movilidad urbana. Es decir, peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), motociclistas y otros colectivos que pueden sufrir consecuencias más graves en caso de accidente.
Pero ¿qué significa todo esto para quienes conducen un turismo y, especialmente, para quienes están preparando el permiso B?
Te contamos los cambios más importantes de una forma sencilla y práctica.
¿Cuándo entran en vigor las nuevas normas de tráfico?
La reforma del Reglamento General de Circulación entró en vigor, con carácter general, el 1 de octubre de 2026.
Eso significa que estas normas ya forman parte de la regulación que debemos conocer y aplicar al conducir.
Hay, no obstante, algunas medidas que cuentan con un periodo transitorio y que no serán exigibles hasta el 1 de octubre de 2027, como la obligación de que los VMP lleven el alumbrado encendido también durante el día en condiciones normales de visibilidad o la obligación de utilizar cascos homologados en los ciclomotores en sustitución de los certificados.
El objetivo: una circulación más segura para todos
Una de las principales novedades del Real Decreto es que incorpora expresamente el concepto de usuario vulnerable de la vía.
La norma considera especialmente vulnerables a personas que, por el medio de desplazamiento que utilizan o por determinadas características, tienen un mayor riesgo de sufrir lesiones o de que estas sean más graves en caso de accidente.
Entre ellos se encuentran los peatones —con especial atención a menores, personas mayores y personas con discapacidad o movilidad reducida—, ciclistas, usuarios de VMP y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Para quienes conducimos un coche, esto tiene una consecuencia muy clara: debemos prestar todavía más atención a lo que ocurre alrededor de nuestro vehículo y adaptar nuestra conducción a los usuarios más vulnerables.
Adelantar a ciclistas, peatones y otros usuarios vulnerables: más seguridad
Este es uno de los cambios que más interesa conocer a cualquier conductor.
Cuando adelantemos a peatones, ciclistas, ciclomotores, VMP, animales u otros usuarios incluidos en la norma, debemos mantener una distancia lateral de seguridad de al menos 1,5 metros.
Además, cuando la vía tenga más de un carril por sentido, será obligatorio realizar un cambio completo de carril para efectuar el adelantamiento.
Pero hay otro cambio especialmente importante fuera de poblado:
Hay que reducir la velocidad
En vías interurbanas, el vehículo que adelanta deberá hacerlo circulando al menos 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía, antes de comenzar la maniobra y durante toda su ejecución.
Por ejemplo, si circulamos por una carretera cuyo límite es de 90 km/h, el adelantamiento deberá realizarse como máximo a 70 km/h.
Y ojo con un detalle importante: la reducción de 20 km/h se calcula sobre el límite de velocidad de la vía, no sobre la velocidad a la que circulaba el vehículo adelantado.
La idea es sencilla: cuando adelantamos a una persona que circula en bicicleta, en un ciclomotor o en un VMP, no se trata solamente de terminar la maniobra cuanto antes. Se trata de hacerla de forma segura.

También cambia la forma de rebasar un vehículo averiado
La nueva regulación también establece condiciones específicas cuando encontramos un vehículo inmovilizado por una avería, accidente o por determinadas actuaciones de auxilio o mantenimiento.
Si ocupa parte o todo el carril, al rebasarlo deberemos mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros y reducir la velocidad en 20 km/h respecto al límite de la vía.
Cuando sea necesario y pueda hacerse sin peligro, podremos ocupar parte del sentido contrario para realizar la maniobra.
Por eso, ante un vehículo averiado en la carretera, lo importante no es simplemente "pasar". Hay que reducir, observar y asegurarse de que existe espacio suficiente.
¿Qué pasa con el carril de emergencia?
Otra novedad importante afecta a las autopistas y autovías.
Cuando exista una retención y los vehículos estén detenidos o circulando a paso de peatón, deberán colocarse de manera que quede un espacio libre para los vehículos prioritarios.
Ese espacio se denomina carril de emergencia.
En vías con dos carriles por sentido, se forma en el centro, entre ambos carriles.
En vías con tres o más carriles, se forma entre el carril situado más a la izquierda y el inmediatamente contiguo:
- Los vehículos del carril izquierdo se desplazan hacia la izquierda.
- Los vehículos de los demás carriles se desplazan hacia la derecha.
De esta manera se deja libre el espacio necesario para que puedan avanzar los servicios de emergencia.
Es una maniobra que conviene tener muy presente porque el carril de emergencia debe facilitarse cuando todavía estamos atrapados en la retención, no cuando ya escuchamos la sirena de una ambulancia acercándose.
Peatones: más protección en ciudad
La reforma también cambia la perspectiva sobre la movilidad peatonal.
Las aceras quedan configuradas como espacios destinados a la movilidad y estancia de los peatones, restringiendo el tránsito y estacionamiento de vehículos.
Además, los peatones tienen prioridad en los pasos señalizados, aceras y otras zonas peatonales, así como en determinadas situaciones de giro y cruce.
Para quienes conducimos por ciudad, esto se traduce en algo muy práctico: al girar, entrar en una zona peatonal o atravesar determinados espacios, hay que estar especialmente atentos a las personas que caminan.
Y recuerda: que no exista un paso de peatones no significa que podamos girar sin comprobar si hay personas cruzando.
Bicicletas: nuevas reglas que afectan también a los coches
La bicicleta gana protagonismo dentro de la nueva regulación urbana.
Cuando no exista una vía específica para bicicletas, estas circularán por la calzada y, cuando sea seguro, preferentemente por el centro del carril.
Además, los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril deberán mantener una distancia mínima de cinco metros.
También se regulan situaciones como el adelantamiento de bicicletas en ciudad y su circulación en determinados tipos de calles.
Para quien conduce un turismo, la idea que conviene quedarse es muy sencilla: una bicicleta no es un obstáculo que haya que quitarse de delante cuanto antes. Es otro usuario de la vía y debemos adaptar nuestra conducción a sus circunstancias.
Patinetes eléctricos y VMP: nuevas obligaciones
Los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, también tienen un papel importante en la reforma.
Entre las novedades se encuentra el establecimiento de una edad mínima de 15 años para conducir VMP y la obligación de utilizar casco homologado o certificado.
También deben señalizar sus maniobras con el brazo y, durante la noche o cuando exista visibilidad reducida, llevar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.
Los VMP utilizados profesionalmente requieren además chaleco reflectante de alta visibilidad.
También se mantiene la prohibición general de circular con VMP por autopistas, autovías, travesías, túneles urbanos y vías interurbanas, aunque existen excepciones para determinadas vías ciclistas y vías en las que esté prohibida la circulación de vehículos a motor, siempre que no exista una prohibición específica mediante señalización.
Una fecha que conviene recordar
La obligación de llevar el alumbrado encendido durante el día en condiciones normales de visibilidad será exigible a los VMP a partir del 1 de octubre de 2027.
Motocicletas y ciclomotores: más protección
Aunque el permiso B se centra en los turismos, muchos conductores también utilizan moto o ciclomotor, así que conviene conocer algunos cambios.
Los conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y determinados quads deben utilizar:
- Casco homologado conforme al Reglamento UNECE R22.
- Guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
- Calzado cerrado que cubra todo el pie.
Además, los profesionales que circulen trabajando con motocicletas, ciclomotores, bicicletas o VMP deben utilizar chaleco reflectante de alta visibilidad durante su actividad.
Y todas las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante como parte de su dotación obligatoria para utilizarlo cuando el conductor tenga que abandonar el vehículo y ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana.
¿Pueden las motos circular por el arcén cuando hay atasco?
Sí, pero no en cualquier atasco ni de forma automática.
La nueva regulación permite habilitar extraordinariamente el uso del arcén derecho por motocicletas cuando:
- El tramo esté previamente autorizado y señalizado.
- Los carriles estén detenidos por congestión.
- Se circule como máximo a 30 km/h.
- Las motocicletas circulen en columna de uno.
- No se ponga en peligro a otros usuarios obligados a utilizar el arcén.
Por tanto, ver una retención no significa que una moto pueda incorporarse automáticamente al arcén. Deben cumplirse las condiciones previstas.

Móvil, auriculares y sistemas de comunicación
La reforma también actualiza la regulación relacionada con los dispositivos que pueden distraernos durante la conducción.
Continúa prohibido utilizar el teléfono móvil durante la conducción y también conducir utilizando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente.
La norma contempla una excepción específica para determinados dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de conductores de motocicletas y ciclomotores, exclusivamente para intercomunicación o navegación y siempre que no afecten a la seguridad.
Para quienes están aprendiendo a conducir, el mensaje es especialmente importante: la atención a la carretera debe ser siempre prioritaria.
Y una novedad especialmente interesante para quienes están aprendiendo a conducir
La reforma también revisa las exenciones relacionadas con el uso del cinturón de seguridad.
Entre otras modificaciones, desaparecen determinadas exenciones que afectaban a conductores de taxis, distribuidores de mercancías y a las personas que acompañan a un alumno o aprendiz durante el aprendizaje de la conducción o durante las pruebas de aptitud.
Es decir, la nueva regulación refuerza la idea de que el cinturón debe utilizarse siempre que corresponda y limita las excepciones a los casos considerados estrictamente necesarios.
¿Qué significa todo esto si estás preparando el permiso B?
Si estás estudiando para sacarte el carnet de conducir, probablemente no necesites memorizar todo el Real Decreto de golpe.
Lo importante es entender la filosofía de la nueva normativa: conducir bien no consiste solamente en controlar el coche. También significa saber convivir con quienes utilizan la vía de otra manera.
En el examen teórico tendrás que conocer las normas que sean aplicables, pero en las clases prácticas aprenderás algo todavía más importante: anticiparte a las situaciones de riesgo.
Un peatón que cruza, una bicicleta que circula delante, un patinete que aparece en una intersección, una moto que se acerca o una retención en una autovía requieren atención y capacidad para adaptar nuestra conducción.
Y esa es precisamente la base de una conducción segura.
En resumen: las nuevas normas que debes recordar
Si tuviéramos que quedarnos con las ideas principales de esta reforma, serían estas:
1. Usuarios vulnerables
La nueva normativa refuerza su protección y reconoce expresamente este concepto.
2. Adelantamientos
Hay que mantener al menos 1,5 metros y, cuando corresponda, realizar un cambio completo de carril.
3. Velocidad al adelantar fuera de poblado
En los adelantamientos a usuarios vulnerables se debe circular al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía.
4. Carril de emergencia
En las retenciones de autopistas y autovías debemos dejar espacio para los vehículos de emergencia.
5. Peatones
Se refuerza su prioridad y la consideración de las aceras como espacios destinados a ellos.
6. Bicicletas
Los conductores deben mantener cinco metros de distancia cuando circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril.
7. VMP
Se establece una edad mínima de 15 años, casco obligatorio y nuevas condiciones de circulación y visibilidad.
8. Motos y ciclomotores
Se refuerza el uso de elementos de protección como guantes y calzado cerrado.
9. Móvil y distracciones
Se mantiene la prohibición de utilizar el móvil y otros dispositivos que reduzcan la atención durante la conducción.
10. Nuevas fechas
La reforma entra en vigor con carácter general el 1 de octubre de 2026, aunque algunas obligaciones cuentan con un periodo transitorio hasta el 1 de octubre de 2027.
Conducir es mucho más que saber aprobar un examen
Las normas de tráfico cambian porque también cambia nuestra forma de movernos por las ciudades y las carreteras.
Cada vez convivimos con más tipos de usuarios y vehículos: coches, motos, bicicletas, patinetes, peatones y nuevos sistemas de movilidad.
Por eso, aprender a conducir bien no consiste únicamente en aprobar el examen.
Consiste en saber anticiparse, respetar a los demás usuarios y tomar buenas decisiones al volante.
Si estás preparando tu permiso B en Alicante, en la autoescuela te ayudamos a entender no solo las normas que necesitas para aprobar, sino también cómo aplicarlas cuando estés conduciendo por tu cuenta.
Porque aprobar es importante. Pero conducir con seguridad lo es mucho más.
Fuente oficial
Puedes consultar el texto completo del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, directamente en el BOE.